subscribirse: Textos | Comentarios
buscar
JULIAN LEYZAOLA, TEME SER EJECUTADO.
CIUDAD JUAREZ.- Mientras que la Secretaría de Seguridad Pública Municipal reporta carecer de algún plan para mejorar la protección domiciliaria de sus agentes, el titular de la corporación, Julián Leyzaola, radica en una Unidad Habitacional Militar, difundio este viernes El Diario.
La residencia del jefe de la corporación local –quien además tiene el rango de teniente coronel diplomado del Estado Mayor Presidencial– es notoria ahí, gracias a la presencia de al menos cuatro camionetas de la Policía Municipal que resguardan los traslados que el funcionario realiza en su camioneta por las calles de Ciudad Juárez. El complejo está cerrado al exterior y permanentemente vigilado por soldados.
El vocero de la corporación, Adrián Sánchez, explicó que Leyzaola vive en la colonia militar desde su arribo a esta frontera, en marzo de 2011.
Diversos elementos municipales fueron entrevistados esta semana con respecto a sus necesidades de seguridad debido a la racha de homicidios que han cobrado la vida de cinco agentes tan sólo en enero de 2012.
En ese sentido, diversos elementos coincidieron en describirse como completamente desprotegidos, sobre todo cuando se encuentran fuera de sus turnos de trabajo, y plantearon que una medida de protección sería al menos poder llevar a sus casas sus armas 9 milímetros, con el fin de poder defenderse en caso de ataque.
Pero esta medida, informó Sánchez, no está permitida por el reglamento interno de la corporación, el cual establece que sólo pueden portar sus armas de cargo fuera de sus horarios de trabajo aquellos agentes que cuenten con alguna comisión específica por parte del titular de la dependencia.
“La situación es que el reglamento interno de la Secretaría de Seguridad Pública menciona que el agente debe portar el arma sólo cuando está desarrollando sus actividades como policía, dentro de los horarios que marca su rol de trabajo”, explicó Sánchez.
“La única forma en la que un agente podría llevarse su arma después del horario de trabajo sería a través de un oficio de comisión del arma, el cual sólo lo puede autorizar la Secretaría de Seguridad Pública; y que únicamente se da si las funciones del policía así lo requieran, como es en los casos de los que son escoltas, los comandantes o los supervisores”, agregó el funcionario de comunicación.







